domingo, 5 de agosto de 2012

Los nuevos parados verán reducida su prestación por desempleo a partir del sexto mes.

Oficina deSempleo

El presidente del Gobierno Mariano Rajoy durante su intervención en el Pleno de Congreso ha explicado que para "incentivar la búsqueda activa de trabajo", aquellas personas que se incorporen al desempleo, verán reducida la prestación a partir del sexto mes del 60 % al 50 % de la base reguladora. Para los desempleados actuales el sistema se mantendrá como está. No se modificará el periodo máximo de la duración de esta ayuda, 24 meses.


Se suprimirán gran número de bonificaciones, salvo la establecida para el nuevo contrato emprendedores y de personas con discapacidad. Rajoy explicó que esta decisión se adopta para que la prestación "no genere efectos desincentivadores, siguiendo ejemplo de algunos países de la Unión Europea".


No dudo que haya desempleados con pocas ganas de encontrar trabajo (de todo hay en todos los sitios), pero la mayoría quiere trabajar lo antes posible. Quizás se le olvido a Mariano Rajoy que es complicado encontrar trabajo porque hay casi 6 millones de parados. Se pueden tomar medidas para controlar el posible fraude en el cobro de la prestación por desempleo, a través de la vigilancia de los Servicios de Empleo, dando el apoyo de Orientadores Laborales profesionales y adecuada formación de los desempleados a la realidad del Mercado Laboral.

Además, se exigirá haber trabajado previamente para acceder a la Renta Activa de Inserción.


Importe máximo mensual de la prestación por desempleo:

  • Si no tiene hijos a su cargo: 1087,20 euros.
  • Si tiene un hijo a su cargo: 1242,52 euros.
  • Si tiene dos ó más hijos a su cargo: 1397,83 euros.

Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años ó mayores con discapacidad que convivan en su domicilio y no tengan rentas superiores a los 641 euros al mes.


Claves de la reforma de la prestación por desempleo

  • Durante los 180 primeros días, se percibe el 70% de la base reguladora, y a partir del 6º mes, se percibe el 50%.
  • Al importe bruto de la prestación por desempleo, se le aplicarán dos tipos de deducciones, por un lado la parte de cotización a la Seguridad Social a su cargo y por otro la retención a cuenta del IRPF.

En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, el tope máximo y mínimo de la prestación se calculará aplicando a los topes máximos y mínimos establecidos el mismo porcentaje que suponga la jornada realizada sobre la habitual de la empresa.


Duración del subsidio por desempleo (Duración del paro):

Respecto a la duración máxima del Subsidio de desempleo, se establece en 720 días en caso que se haya cotizado durante más de 2160 días, es decir, la duración máxima es de dos años si se ha trabajado durante los seis últimos años.

DÍAS COTIZADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL

Desde 360 hasta 539 días
Desde 540 hasta 719 días
Desde 720 hasta 899 días
Desde 900 hasta 1.079 días
Desde 1.080 hasta 1.259 días
Desde 1.260 hasta 1.439 días
Desde 1.440 hasta 1.619 días
Desde 1.620 hasta 1.799 días
Desde 1.800 hasta 1.979 días
1.980 hasta 2.159 días
Desde 2.160 días
PRESTACIÓN

120 días
180 días
240 días
300 días
360 días
420 días
480 días
540 días
600 días
660 días
720 días

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